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DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL, TURISMO E INCLUSIÓN

DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL, TURISMO E INCLUSIÓN

Descripción

 

La Junta de Protección de Derechos tiene como función pública la protección de los derechos individuales y colectivos de los niños, niñas y adolescentes, en el respectivo cantón. Además, tiene la potestad para conocer y dictar medidas de protección a Mujeres víctimas de violencia de género y a adultos mayores en situación de vulnerabilidad.

Quién puede denunciar

Cualquier persona que conozca o esté siendo víctima de algún tipo de maltrato o violencia.

Dónde se efectúa el trámite

En las oficinas de la Junta, en la parte posterior del edificio municipal.

Cómo inicia un proceso: Art. 237 del Código de la Niñez y Adolescencia.

 

  • La Junta conoce de oficio o mediante denuncia verbal o escrita.
  • La denuncia debe contener: nombres, apellidos, edad y domicilio del denunciante y la calidad con la que comparece;
  • La identificación más detallada posible del niño, niña o adolescente afectado;
  • La identificación más detallada posible de la persona o entidad denunciada; y,
  • Las circunstancias del hecho denunciado, con indicación del derecho afectado o de la irregularidad imputada.

 

Qué temas son competencia de la Junta.

Amenaza o violación de derechos individuales o colectivos de niños, niñas, adolescentes, mujeres y adultos mayores. Ante la amenaza: PROTEGER y ante la violación: RESTITUIR.

 

FLUJOGRAMA DE PROCESO